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Making sense of old handwriting

Formato de documentos notariales


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Al final de la Edad Media, una fórmula básica para la escritura de documentos notariales había desarrollada por toda Europa. Todos los registros notariales deben tener los siguientes seis elementos:

  1. Recepción de los participantes por el notario;
  2. Fecha y localidad de la transacción;
  3. Identificación de los participantes;
  4. Estándar lenguaje legal específico para el tipo de transacción;
  5. Testigos a la transacción; y
  6. Autenticación de la transacción por el notario.1

Este patrón demuestra un proceso formulaico ideal en el que los participantes se presentaban ante el notario, el quien tomaba notas concerniente la transacción, y simplificaba esa transacción a un formato estándar que agregaba regularidad y autenticidad legal que la presencia de firmas del notario y testigos lo daban.

Definiendo este proceso por completo solo viene con experiencia en leer y comprender los documentos. Aunque no es posible explorar todos los matices de registros notariales, un análisis práctico de sus partes estándares le guía al investigador al camino de entenderlos, ofreciendo un estándar contra el que uno puede comparar e interpretar los documentos que él o ella lea. Con esa idea en mente, regrese a los seis elementos que son-- o deben ser-- encontrados en todos los documentos que vinieron de ese notario.

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  1. Recepción por los participantes por el notario: Este suele ser indicado por lenguaje como parecieron presentes ante mi el infascrito escribano, siguió por los nombres y etiquetas de identificación de los participantes.
  2. Fecha y localidad de la transacción: Fechas normalmente se expresan en esta forma: dos de mayo de mil setecientos tres. Se pueden aparecer al comienzo del documento notarial, pero más a menudo aparecen en el párrafo final.
  3. Identificación de los participantes: La identificación de los participantes y los testigos varia en el complatimiento, pero siempre incluye etiquetas de identifiación como las listadas en la figura abajo. Los más comunmente usados son nombres, apellidos, residencias y estátuses civiles. Ocupación o título son usualmente encontrados solamente para profesionales u oficiales como doctores, alcaldes o curas, o para nobleza titulada. Cada una de estas etiquetas tiene un significado legal en crear una identidad para el individuo.2
  4. Lenguaje estándar legal específico al tipo de transacción: El lenguaje legal de documentos notariales fue tan estandarizado por el siglo XVI que libros fueron publicados, creando formatos específicos para que el notario los copien.3
  5. Testigos a la transacción: Testigos usualmente eran designados de las personas asociadas con el notario y no necesariamente relacionadas con uno de los participantes, excepto como vecinos si el documento fue firmado en casa.
  6. Autenticación de la transacción por el notario: Con palabras como de esto doy fe, el notario no solo autenticaba las identidades de los participantes, pero estableció la validez del contrato. La autenticación es un concepto clave bajo el derecho notarial porque es donde se presenta el precepto legal sobre la validez de la transacción documentada-- dentro y fuera de la corte.

    Spanish

    Capítulo

    Inventario de bienes de difunto

    alcabalas

    10

    ​fianza

    arrendamientos rústicos

    7

    limpieza de sangre

    arrendamientos urbanos

    7

    mayorazgos y vínculos

    arriendo de rentas públicas

    7, 10

    partición

    capitulación matrimonial and inventario de dote

       8   

    poder

    contratos including cartas de pago

        7    

    prueba de nobleza

    censo

    7

    renuncia

    certificación

    7

    testamento

    cesión

    7

    traspaso

    cobdicilio

    9

    truecos y cambios

    compra-venta

        7    

    tutela

    donación

    7

    venta real

    Figura 7-9. Tipos comunes de documentos notariales y el(los) capítulos en los que se explican en Leyendo para entender escritura y documentos en español, 1520-1820

    Analizar y traducir frases y conceptos jurídicos

    Uno de los grandes desafíos en trabajar con registros notariales es la cantidad de frases y conceptos jurídicos que aparecen. Algunos tienen conceptos paralelos en jurisprudencia angloamericana, como el derecho de un comprador a posesión de la tierra y título claro a ello, que en su fracaso resulta en una acción de título silencioso en la corte. La traducción del lenguaje que expresa tales conceptos solo requiere una comprensión de las ideas jurídicas básicas utilizadas; sin embargo, el uso de un diccionario legal de español e inglés como el publicado por Butterworth Legal Publishers ayuda el proceso de seleccionar el término jurídico correcto en inglés.

    La ley español es parte de la tradición jurídica del Derecho civil europeo continental, que origina en ley romana. Durante los principios del renacimiento de los siglos XII y XIII, eruditas legales en universidades como las de Salamanca, España y Bologna, Italia restauraron y reformularon no solamente muchos de los principios básicos del derecho romano, pero muchas doctrinas jurídicas específicas y aún leyes específicas. Los significados de frases descriptivas latinas como ultradimidian justi medi preci4 se pueden encontrar por buscar en diferentes obras de referencia en línea. Estas obras pueden incluir:

    1. Enciclopedia jurídica a http://www.enciclopedia-juridica.biz14.com.
    2. Numen – The Latin Lexicon http://latinlexicon.org/index.php.
    3. The Law Dictionary Featuring Black's Law Dictionary Free Online Legal Dictionary 2nd Ed. www.thelawdictionary.org, también se puede descargar en formato de facimíl de PDF como Google Libro gratuito.​

    Todos los derechos y privilegios pertenecen a sus respectivos propietarios.

    1. "Bibliografía del Notariado en España," Estudios históricos y documentos de los archivos de Protocolos (Barcelona: Colegio Notarial de Barcelona, 1974), 195-198.
    2. Pérez Fernández del Castillo, Derecho Notarial, 274-291.
    3. Bono Huertas, Historia del Derecho Notarial, 208, 217, 226-7 y 246. Reyes Rojas García, "La literatura notarial castellana durante el siglo XVI y su difusión en América," Nuevo Muno Mundos Nuevos, (30/01/2012); http://nuevomundo.revues.org/62407, accedido 16 ago 2021.
    4. La doctrina que un comprador o vendedor puede rescindir el contrato si el calor real del artículo comprado es cincuenta por ciento menos que, o más que, el precio justo de centa durante los cuatro años después de la fecha de la venta. Véase la Figura 7-14a para un ejemplo de su uso.
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    Introducción
    Introducción a la paleografía